Alarmante: 363 accidentes de trabajo mortales en los seis primeros meses del año
Urge actualizar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como que las empresas cumplan a rajatabla con la normativa vigente para evitar más pérdidas de vidas de trabajadores y trabajadoras
Fecha: 07 Ago 2025

Alarmante: 363 accidentes de trabajo mortales en los seis primeros meses del año
Es escandaloso que mueran 363 personas trabajadoras en seis meses por el simple hecho de intentar ganarse la vida, son tres más que las registradas en el primer semestre de 2024.
Además, hasta el mes de junio del presente año se han registrado 298.410 accidentes de trabajo que requirieron de baja laboral, lo que supone un descenso del 2,7%. Queda de manifiesto lo grave de la situación a pesar del descenso experimentado. Son cifras inaceptables para una sociedad como la nuestra.
Desde UGT consideramos necesario y urgente actualizar la Ley de Prevención a las nuevas realidades del mundo del trabajo, fuertemente influido por las transiciones demográfica, climática y digital. Igualmente, debe reforzarse la protección de la salud mental de la clase trabajadora, ya que en seis meses se han producido 126 accidentes de trabajo mortales por infartos y derrames cerebrales, lo que podría estar relacionado con la exposición a riesgos psicosociales y organizativos. Nos reiteramos en nuestra demanda para que los trabajos en la Mesa de Diálogo Social se agilicen buscando garantizar la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
Pero además de modificar la normativa, es esencial que las empresas cumplan con la legislación vigente en materia preventiva. Las causas de los accidentes de trabajo son recurrentes: caídas en altura, golpes, sobreesfuerzos… por lo que se debe realizar la evaluación de riesgos laborales e implementarse las medidas preventivas adecuadas para frenar las graves consecuencias sobre la salud y la vida de las personas trabajadoras. Igualmente, la formación en procedimientos de trabajo seguros es indispensable, así como que las empresas doten a las personas trabajadoras de los EPIS necesarios.
Por otra parte, en estos momentos en los que estamos viviendo una intensa ola de calor en la Península, desde UGT recordamos la importancia de la prevención de riesgos laborales en los trabajos al aire libre durante los periodos de altas temperaturas. Hasta el mes de junio se han registrado 52 accidentes leves por calor e insolación y 53 por efectos de las temperaturas extremas, luz y radiación. Hemos manifestado al Gobierno nuestra preocupación sobre la infradeclaración de este tipo de accidentes a la que debe ponerse solución para garantizar una correcta gestión de los mismos, asegurando la debida protección de las personas trabajadoras.
Las empresas deben realizar la evaluación de los riesgos laborales relacionados con la exposición a fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo las temperaturas extremas, en la que deberán tenerse en cuenta las características de la tarea y las características personales y el estado biológico conocido de la persona trabajadora. Además, deben adoptar las medidas preventivas que se deriven de los resultados de la evaluación de riesgos.
Para los casos de avisos meteorológicos de nivel naranja o rojo y cuando las medidas preventivas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, se hace obligatorio adaptar las condiciones de trabajo, incluyendo la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada.
Para aquellos casos en los que no se pueda garantizar la debida protección de la persona trabajadora, se prohíbe el desarrollo de determinadas tareas durante las horas del día en las que se den fenómenos meteorológicos adversos. En estos casos no procede la reducción del salario.